¿Qué se considera una obra menor en Valtierra y cómo se tramita?

Preguntas frecuentes

Las obras menores son pequeñas reformas que puedes hacer en tu vivienda o local sin necesidad de proyecto técnico ni de una licencia de obra tradicional. Su tramitación es mucho más sencilla: basta con presentar una declaración responsable en el Ayuntamiento.

Se consideran obras menores, por ejemplo:

  • Pintar la fachada o el interior de una vivienda.

  • Cambiar azulejos, suelos o puertas interiores.

  • Sustituir sanitarios en el baño.

  • Reparar el tejado (sin cambiar el diseño ni estructura).

  • Cambiar ventanas o barandillas exteriores (si se mantiene el mismo estilo).

  • Arreglar bajantes o canalones.

 

No se consideran obras menores aquellas que afectan a la estructura del edificio, a elementos comunes, al aspecto exterior de forma sustancial (como abrir huecos o alterar acabados) o que suponen un cambio de uso —como convertir un local en vivienda—, así como las que se realicen en inmuebles catalogados o en suelo no urbanizable. Aunque algunos trabajos puedan parecer sencillos, si implican modificaciones relevantes o requieren control técnico, necesitarán una licencia de obras y no podrán tramitarse mediante declaración responsable.

Algunos ejemplos comunes:

  • Instalar un aparato de aire acondicionado en fachada o cubierta, ya que modifica el aspecto exterior del edificio.

  • Abrir huecos en muros o fachadas (por ejemplo, para ventanas nuevas).

  • Cambiar la distribución interior si afecta a elementos estructurales.

  • Ampliaciones, cerramientos de balcones o terrazas.

  • Obras en locales que impliquen un cambio de uso, como transformar un garaje en vivienda o txoko.


¿Qué tengo que hacer?

  1. Presentar en el Ayuntamiento:

    • Formulario de declaración responsable.

    • Breve memoria explicativa de la obra.

    • Presupuesto detallado.

    • Fotos (si se actúa en fachadas o cubiertas).

    • Justificante del pago de la tasa.

  2. Si la documentación está correcta, el Ayuntamiento da registro de entrada y el trámite se considera finalizado al momento.
    No hace falta esperar ningún permiso ni resolución: puedes comenzar las obras.


️ ¿Y si vas a ocupar la calle?

Si necesitas poner andamios, contenedores, grúas o vallar parte de la vía pública, debes indicarlo en la solicitud y presentar:

  • Plano de ocupación.

  • Certificado técnico, si usas medios auxiliares.

Y además, antes de empezar, deberás avisar a la Policía Municipal de Valtierra para coordinar la ocupación -669 461 725-.


⏱️ Plazos

  • Las obras deben comenzar en un máximo de 3 meses.

  • Y deben finalizar en un plazo de 6 meses.


Ordenanza municipal reguladora de las licencias urbanísticas de obras menores

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